SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA SOBRE LOS CONTRATOS SUSCRITOS QUE MODIFICAN LA CLÁUSULA SUELO

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia el día 9 de Julio de 2.020 por la que, en contra de lo dictaminado últimamente por el Tribunal Supremo, los contratos que muchos consumidores firmaron para rebajar el porcentaje de su cláusula suelo son nulos al igual que es nula la cláusula suelo original firmada en la escritura de hipoteca.
Y es así siempre que en la firma de dicho contrato posterior a la escritura no se haya informado al consumidor sobre las consecuencias jurídicas y económicas de la cláusula suelo, como no se ha hecho casi nunca. Igualmente declara contraria a derecho la renuncia a entablar reclamaciones en un futuro sobre este particular que muchos bancos obligaban a firmar en estos contratos.
Es un nuevo varapalo al Tribunal Supremo y una nueva esperanza para los consumidores que pueden reclamar su cláusula suelo aunque hayan firmado un contrato disminuyendo su porcentaje.