LAS CLÁUSULAS SUELO PARA AUTÓNOMOS Y EMPRESARIOS TAMBIÉN SON NULAS

Hemos podido leer en prensa que el Tribunal Supremo ha dictado sentencia por la que anula la cláusula suelo a un taxista. Se ha publicitado como si fuese la primera vez que el Tribunal Supremo lo hace o como si se tratase de un cambio de criterio por el que a partir de ahora todos los autónomos pudiesen comenzar a demandar para anular sus cláusulas suelo. Y solo los autónomos.

Y, sin restarle valor a la sentencia dictada, ni mucho menos, lo anterior, no es del todo cierto, sino que es todavía mejor.

La sentencia del Tribunal Supremo de 11 de Marzo de 2.020 (168/2020) nos dice que en el caso que examina que se trata de un taxista que firmó una hipoteca para poder adquirir su licencia de taxi, y aun no siendo consumidor, declara nula su cláusula suelo, dado que el banco no le había informado previamente de la existencia de la cláusula ni explicado sus repercusiones económicas y jurídicas. Al no ser consumidor lo hace a través del control de inclusión establecido en la Ley de Condiciones Generales de la Contratación (artículos 5 y 7) en vez de aplicando el control de transparencia como se lleva a cabo con los consumidores y usuarios. Pero el resultado es el mismo: la anulación total de la cláusula suelo y la restitución de todas las cantidades abonadas de más.

El caso es que no es la primera sentencia dictada en ese sentido por el Tribunal Supremo y no es sólo para los autónomos, es también para los empresarios. Tenemos por lo menos otra sentencia más del Tribunal Supremo de fecha 25 de Enero de 2.019 (57/2019) que también anuló la cláusula suelo, esta vez contenida en una hipoteca firmada por dos autónomos para la compra de un local comercial para la instalación de un negocio de peluquería. Y lo hizo aplicando los mismos argumentos jurídicos apoyándose en la Ley de Condiciones Generales de la Contratación. Y dicha ley no sólo se puede aplicar a autónomos sino que también puede hacerse a empresarios, por ello, también los empresarios pueden anular sus cláusulas suelo basándose en esta norma, siempre, eso sí, que se demuestre que no fueron informados de la existencia de la cláusula suelo y de sus repercusiones económicas y jurídicas antes del momento de firmar la hipoteca. Es decir, al igual que se viene haciendo con los consumidores y usuarios.